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POLƍTICA SOBRE COPIA NO AUTORIZADA DE MEDIOS CON DERECHOS DE AUTOR

La Academia CĆ©sar ChĆ”vez no aprueba ni tolera la copia no autorizada de medios con derechos de autor por parte de maestros, personal o estudiantes. La Academia se adherirĆ” a sus responsabilidades contractuales y cumplirĆ” con todas las leyes de derechos de autor, y espera que todos los miembros de la comunidad de la Academia tambiĆ©n lo hagan. Los miembros de la comunidad de la Academia que violen esta polĆ­tica pueden estar sujetos a medidas disciplinarias a travĆ©s de los procedimientos estĆ”ndar de la Academia. Un individuo o departamento de la Academia involucrado en la copia o uso no autorizado de materiales protegidos por derechos de autor tambiĆ©n puede enfrentar una demanda civil, cargos penales y/o sanciones y multas. Sujeto a los hechos y circunstancias de cada caso, dichas personas o departamentos serĆ”n los Ćŗnicos responsables de su defensa y de cualquier responsabilidad resultante.

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Resumen de sanciones civiles y penales por violaciĆ³n de las leyes federales de derechos de autor

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La infracciĆ³n de derechos de autor es el acto de ejercer, sin permiso o autoridad legal, uno o mĆ”s de los derechos exclusivos otorgados al propietario de los derechos de autor en virtud de la SecciĆ³n 106 de la Ley de derechos de autor (TĆ­tulo 17 del CĆ³digo de los Estados Unidos). Estos derechos incluyen el derecho a reproducir o distribuir un trabajo protegido por derechos de autor. En el contexto de intercambio de archivos, descargar o cargar partes sustanciales de un trabajo protegido por derechos de autor sin autorizaciĆ³n constituye una infracciĆ³n.

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Las sanciones por infracciĆ³n de derechos de autor incluyen sanciones civiles y penales. En general, cualquier persona que sea declarada responsable de una infracciĆ³n civil de derechos de autor puede recibir la orden de pagar daƱos reales o daƱos "estatutarios" fijados en no menos de $ 750 y no mĆ”s de $ 30,000 por obra infringida. Por infracciĆ³n "intencional", un tribunal puede conceder hasta 150.000 dĆ³lares por obra infringida. Un tribunal puede, a su discreciĆ³n, evaluar tambiĆ©n los costos y los honorarios de los abogados. Para obtener mĆ”s informaciĆ³n, consulte el TĆ­tulo 17, CĆ³digo de los Estados Unidos, Secciones 504, 505.

La infracciĆ³n deliberada de los derechos de autor tambiĆ©n puede dar lugar a sanciones penales, que incluyen penas de prisiĆ³n de hasta cinco aƱos y multas de hasta 250 000 dĆ³lares por infracciĆ³n.

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Para obtener mĆ”s informaciĆ³n, visite el sitio web de la Oficina de derechos de autor de EE. UU. en  www.copyright.gov , especialmente sus preguntas frecuentes en  www.copyright.gov/help/faq .

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